Redacción. La Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo mantiene abierto el plazo hasta el 24 de octubre, para que entidades públicas y entidades sin ánimo de lucro puedan acogerse al programa Empleo y Formación y acceder a subvenciones para la puesta en marcha de iniciativas de formación en alternancia con la práctica profesional que respondan a las necesidades del mercado en ocupaciones de utilidad pública o de interés general y social. Se trata de un novedoso programa diseñado por la Secretaría General de Ordenación de la Formación de la Junta de Andalucía, y que tiene una dotación de 36 millones de euros hasta el año 2022 con la intención de beneficiar a unas 1.800 personas desempleadas.
El delegado territorial de Empleo, Formación, Trabajo Autónomo, Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades, Antonio Augustín, ha manifestado que “esta nueva convocatoria de Formación Profesional para el Empleo supondrá una sustancial mejora respecto a las antiguas Escuelas Taller y Talleres de Empleo, con bajos niveles de inserción y una escasa adaptación a las necesidades del mercado laboral, además de incorporar una serie de novedades de las estamos poniendo al corriente de forma rápida y directa con entidades públicas y sin ánimo de lucro desde el Servicio de Formación Profesional para el Empleo de la delegación territorial.”
“La propuesta que lanzamos va en línea con la nueva normativa que acaba de publicar el Ministerio de Trabajo y Economía Social, en la que se regulan los programa que alternan empleo y formación y destierran los conceptos de Escuelas Taller y Talleres de Empleo, para lo que la provincia de Huelva dispondrá de un presupuesto de 2,1 millones de euros, lo que beneficiará a más de un centenar de personas en situación de desempleo que podrán participar en estos programas diseñados y promovidos por entidades onubenses”, explica Augustín.
“Quisiera destacar la novedad que supone que el alumnado será contratado desde el inicio de los proyectos, que durarán 12 meses, percibiendo el salario establecido por convenio y nunca por debajo del salario mínimo interprofesional. En las antiguas Escuelas Taller, existía una fase de formación inicial seguida de una fase en alternancia, momento en el que el alumnado era contratado. Las subvenciones para las iniciativas que realizarán las entidades se resolverán en régimen de concurrencia competitiva y tendrán 12 meses de duración, equivalente a 1.920 horas de formación en alternancia con la práctica profesional”, termina explicando el delegado territorial de Empleo.
La convocatoria, que fue publicada el 8 de octubre en BOJA extraordinario, https://www.juntadeandalucia.es/eboja/2021/584/index.html recoge todos los detalles de su desarrollo, establecidos en las bases reguladoras publicadas en BOJA el pasado 17 de septiembre y disponible en la dirección https://juntadeandalucia.es/eboja/2021/180/BOJA21-180-00032-14611-01_00198383.pdf.
Los proyectos estarán dirigidos a mejorar las posibilidades de inserción laboral de las personas participantes, y consistirán en una actividad de utilidad pública o de interés general y social que deberá posibilitar al alumnado la realización de una práctica profesional en alternancia con la formación profesional para el empleo, que esté relacionada directamente con dicha práctica. En cualquier caso, el tiempo dedicado a la actividad formativa no podrá ser inferior a un 25% del total de horas de cada contrato para la formación y el aprendizaje.
Las entidades diseñarán los proyectos
Estas iniciativas de Formación y Empleo serán diseñadas por las propias entidades solicitantes, teniendo como punto de partida las necesidades formativas del mercado laboral del territorio donde se desarrolle, y las personas destinatarias finales de estos proyectos deberán estar inscritos en el Servicio Público de Empleo en situación laboral de no ocupadas.
Podrán solicitar las subvenciones para acceder al programa tanto entidades públicas de Andalucía, incluidas las entidades y corporaciones locales, como entidades privadas sin ánimo de lucro con sede en la comunidad autónoma. Las entidades beneficiarias no podrán subcontratar con terceros la actividad formativa, y deberán iniciar los proyectos con la puesta en marcha de todos los contratos para la formación y aprendizaje del alumnado en un plazo máximo de cuatro meses a contar desde la publicación de la concesión de la subvención.
La orden establece que el contenido del plan formativo deberá, como mínimo, incluir el contenido necesario para obtener al menos un certificado de profesionalidad, y podrá añadir formación complementaria asociada a las necesidades específicas del proyecto, entre las que se podrá incluir acciones de orientación profesional.
Presentación de solicitudes
Los formularios para la solicitud están disponibles para su presentación a través de la aplicación informática de gestión de la formación profesional para el empleo (en adelante, GEFOC entidades) ubicada en la oficina virtual de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo: https://bit.ly/OficinaGEFOC
Las solicitudes irán dirigidas a la persona titular de las Delegación Territorial de Empleo, Formación, Trabajo Autónomo, Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades. El trámite mencionado se realizará a través de GEFOC entidades, proporcionando dicha aplicación los correspondientes Anexo I y Anexo I bis cumplimentados tras la firma telemática de los mismos.
Para más información la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo ha dispuesto el siguiente enlace: https://bit.ly/EmpleoyFormacion