El Juez Disciplinario Único le quita una amarilla a Josiel Núñez y podrá jugar el domingo ante el Alcoyano

El Juez Único ha dejado sin efecto una de las amarillas que vieron Eugeni y Josiel Núñez, que conversan fuera del campo tras ser expulsados por Pol Godia, y podrán jugar el domingo. / Foto: Vicent Marí / Diario de Ibiza.
El Juez Único ha dejado sin efecto una de las amarillas que vieron Eugeni y Josiel Núñez, que conversan fuera del campo tras ser expulsados por Pol Godia, y podrán jugar el domingo. / Foto: Vicent Marí / Diario de Ibiza.

P. G. Josiel Núñez, centrocampista del Recreativo de Huelva, podrá jugar el domingo ante el Alcoyano (Nuevo Colombino, 18:00) si el técnico Abel Gómez así lo estima, ya que el Juez Disciplinario Único de Competición ha dejado sin efecto la segunda tarjeta amarilla, y que acarreó su expulsión, mostrada por el catalán Pol Godia Solé ante de concluir el primer tiempo del partido que enfrentó al Decano con el UD Ibiza.

Josiel Núñez, que vio en el minuto 27 de ese encuentro la primera de las tarjetas amarillas “por encararse con un adversario sin llegar al insulto ni amenaza” según reza el acta, fue expulsado en el minuto 44 al ver su segunda amarilla según relató Pol Godia por “golpear a un adversario en el rostro de forma temeraria en la disputa del balón”.


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A tenor de la redacción del acta y aportando como prueba el vídeo de la acción, el Recre presentó alegaciones al citado Juez Disciplinario Único de Competición solicitando que se le quitara esa amarilla. El ente federativo ha atendido las alegaciones del Decano y ha fallado en su favor: “Tras la observación detenida de la prueba videográfica, resulta evidente y objetivamente apreciable, sin ningún género de duda y sin posibilidad de distinta interpretación, que el jugador amonestado no golpeó en el rostro de un adversario, por lo tanto, la apreciación arbitral quiebra de forma manifiesta. En efecto, se observa claramente un contacto entre ambos jugadores en el que el árbitro bien pudiera haber interpretado que el sancionado golpease al adversario, lo que podría haber ocasionado igualmente la tarjeta amarilla, pero al precisar que el golpe se produjo en la cara y en tanto en cuanto, el club interesado ha probado con la prueba videográfica que no se produjo ningún golpe en dicha y precisa parte del cuerpo, procede la estimación de la alegación formulada, dejando sin efectos disciplinarios la segunda amonestación del citado jugador, y en su consecuencia, los efectos de la expulsión de que fue objeto por doble amarilla, imponiéndole sanción de amonestación por encararse con un adversario sin llegar al insulto ni amenaza en el minuto 27 -tarjeta no impugnada-, con la multa accesoria Real Federación Española de Fútbol”.


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