Redacción.La Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural ha trasladado al sector agrario andaluz el procedimiento a seguir para acogerse a las medidas excepcionales de apoyo a los productores de frutas y hortalizas destinadas al consumo en fresco que fueron anunciadas por la Comisión Europea (CE) el pasado 18 de agosto.
Las medidas anunciadas por la CE consisten, principalmente, en la posibilidad de ejecutar operaciones de retirada con destino a distribución gratuita, biodegradación o alimentación animal, así como operaciones de renuncia a efectuar la cosecha y/ cosecha en verde, para los destinos de biodegradación y alimentación animal. Los productos objeto de estas medidas son el tomate, zanahoria, repollo blanco, pimiento dulce, coliflor, pepino, pepinillo, champiñón, manzana, pera, fruta roja, uva fresca de mesa y kiwi.
La CE anunció este segundo paquete de medidas tras la decisión del gobierno ruso de prohibir las importaciones de determinados productos agroalimentarios procedentes de esta zona, Estados Unidos, Australia, Canadá y Noruega. Estas medidas se suman a las ya adoptadas la semana pasada en apoyo a los productores de melocotón y nectarina.
Las operaciones de retirada pueden ser ejecutadas por las Organizaciones de Productores de Frutas y Hortalizas (OPFH), por productores individuales no socios de OPFH que suscriban un contrato con las referidas organizaciones, y realicen las operaciones a través de ellas, o bien por productores no socios de OPFH de forma individual comunicando la intención de ejecutar la operación directamente a la administración autonómica, esta última vía en caso de que sea autorizada por el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
Por su parte, las operaciones de renuncia a efectuar la cosecha o cosecha en verde, pueden ser realizadas por las OPFH o por los productores individuales, no socios de estas organizaciones, mediante comunicación directa a la administración autonómica.
El procedimiento para acogerse a ellas establecido por la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural consta de una notificación previa a la Administración relativa a la intención de realizar una operación de retirada o renuncia de cosecha o cosecha en verde, según corresponda. Tras obtener la autorización del Gobierno regional, los productores afectados pueden llevar a cabo la ejecución de las operaciones de retirada bajo el control de la Administración.
Aunque aún no ha sido publicado el Reglamento de la CE, que regulará los requisitos y condiciones detalladamente, la medida anunciada por Bruselas se aplicará, con carácter retroactivo, desde el pasado 18 de agosto, por lo que el gobierno andaluz, en base al borrador del reglamento elaborado por la CE, ha puesto en marcha el procedimiento para que los agricultores y OPFH puedan solicitar la autorización de las operaciones de gestión de crisis. Este procedimiento podrá adaptarse a lo que finalmente se establezca en el reglamento que se publique y, por lo tanto, las ayudas quedan supeditadas a lo que dicte el citado reglamento.
Además, la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, mantendrá reuniones de carácter técnico con las Organizaciones de Productores de Frutas y Hortalizas y con las Organizaciones Profesionales Agrarias y la Federación Andaluza de Empresas Cooperativas Agrarias, para informar y explicar los detalles del procedimiento establecido, en espera de que alguno de ellos pueda modificarse si la Comisión considera las propuestas demandadas por el gobierno andaluz.
Demandas del Gobierno andaluz. Por otro lado, el gobierno andaluz ha trasladado al Ministerio distintas demandas orientadas a asegurar la efectividad de estas medidas excepcionales para los intereses de los productores de frutas y hortalizas andaluces. Entre estas cuestiones cabe destacar las siguientes:
-Inclusión de otros productos que puedan verse afectados por la crisis como son: calabacín, berenjena, judía verde, cítricos (naranja, mandarina, clementina, limón y satsuma), ciruela, productos subtropicales (aguacate, chirimoya y mango) y caqui.
-Revisión de los precios fijados para las retiradas y garantía de mantenimiento de las medidas y del presupuesto disponible hasta la estabilización del mercado.
-Adopción de la decisión de que los agricultores que no pertenezcan a una OPFH puedan comunicar sus operaciones directamente sin necesidad de hacerlo a través de una OPFH con la que haya suscrito un contrato, así como el establecimiento de las instrucciones necesarias para su aplicación.
-Subvencionabilidad de los costes de gestión inherentes a las operaciones de gestión de crisis, así como los de selección, envasado y transporte de los productos retirados destinados a distribución gratuita tanto para OPFHs como para agricultores individuales.
-En los casos de renuncia de cosecha de cultivos cuyo periodo de recolección es superior a 4 semanas, eliminar la limitación establecida en el actual borrador del reglamento según la cual solo sería subvencionable la producción esperada en las 6 semanas siguientes.