HBN. El Ministerio del Interior ha dictado una orden por la
que se prorroga durante 60 días la vigencia de los permisos de conducir que
caduquen durante el estado de alarma.
La orden, publicada este sábado en el Boletín Oficial del Estado (BOE),
señala que “los permisos y licencias de conducción, así como otras
autorizaciones administrativas para conducir, cuyo periodo de vigencia
venza durante el estado de alarma, quedarán automáticamente prorrogados
mientras dure el mismo y hasta sesenta días naturales después de su
finalización”.
La resolución, firmada por el ministro del Interior, Fernando Grande Marlaska,
también afecta a los permisos de conducción extranjeros válidos
para conducir en España. La ley establece que estos permisos son válidos
durante seis meses desde la llegada a España y que, vencido ese plazo, los
conductores extranjeros deben canjear el permiso de su país por uno
español.
La orden publicada hoy en el BOE establece que el cómputo de esos seis
meses queda paralizado durante el estado de alarma, y se reanudará una
vez finalizado ese periodo. Por lo tanto, los permisos de conducción
extranjeros para los que no haya vencido los seis meses legales siguen
siendo válidos durante el estado de alarma.
RESTRICCIONES PARA LOS VEHÍCULOS ESENCIALES
La resolución también afecta a determinados vehículos que prestan servicios
esenciales como la distribución de medicamentos, material sanitario o
alimentos.