Aquí tienes las principales novedades de la Seguridad Social para los autónomos

Redacción. Si eres trabajador por cuenta propia o estás pensando darte de alta como autónomo, te interesarán todas las novedades del sector en relación a la Seguridad Social. A continuación te contamos cuáles son las más importantes.

¿Ha variado el sistema de alta de autónomos?


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El sistema de alta autónomo continúa siendo el mismo, pero existe una novedad en este ejercicio fiscal, que es que a partir de ahora, al darse de alta como autónomo, no habrá que tramitar primero el alta en Hacienda y en la Seguridad Social después, sino que podrá elegirse el orden que se prefiera.

Hay que recordar además que el alta en Seguridad Social debe ser previa al inicio efectivo de la actividad como autónomo, es decir, que si se quiere estar dado de alta para una fecha determinada, habrá que tramitarla como muy tarde justo el día anterior.


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¿Cuáles son las bases de cotización de autónomos en 2019?

Este año se han incrementado en un 1,25% las bases de cotización mínima y máxima, por lo que las cifras quedan de esta manera: la base mínima de cotización es de 944 euros al mes, y la base máxima de cotización es de 4.070 euros al mes.

Este sistema de bases de cotización es considerado como provisional, ya que se quiere seguir trabajando en el objetivo de implementar un sistema basado en los ingresos reales de los autónomos para calcular la cuota mensual.

¿Qué ocurre con los tipos de cotización para autónomos?

Una de las principales novedades de este año es que todos los tipos de cotización serán obligatorios para prácticamente todos los autónomos. Nos referimos a contingencias comunes y profesionales, formación profesional y cese de actividades. El total de contingencias equivale a un 30% de la base de cotización que haya escogido el autónomo.

¿Cómo queda el paro de autónomos?

Los autónomos estarán obligados a cotizar por cese de actividad, por lo que deben tener claro: en qué casos pueden pedir el paro de autónomos, cuál es la forma de tramitar la solicitud y qué documentos se necesitarán para ello. Se amplía el máximo de meses que un autónomo puede cobrar el paro, de 12 a 24 meses.

Por otro lado, los autónomos tendrán derecho a reclamar si la mutua rechazara su solicitud en primera instancia. Pero la comisión de estudio de estas reclamaciones no está formada de momento. De todos modos, en una asesoría se podrá obtener más información al respecto.

Gestión de las mutuas respecto a los autónomos

Desde este año, las mutuas tendrán que encargarse de todas las prestaciones de los autónomos, gestionando todas sus contingencias. Si un autónomo se da de baja por enfermedad común, tendrá que seguir yendo a su médico de cabecera, pero si la baja es con derecho a prestación, será la mutua la encargada de la misma.

Finalmente, cabe destacar que los autónomos tendrán que tener cubiertas sus coberturas con una mutua colaboradora de la Seguridad Social. El plazo para regularizar esta situación es hasta el 1 de junio de 2019.

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