Asaja considera que la modificación del Impuesto de Sucesiones elimina un gran obstáculo para el relevo en el campo

Cultivo de fresas.
Cultivo de fresas.
Cultivo de fresas.
Muchos jóvenes se veían obligados a renunciar a las explotaciones heredadas.

Redacción. Tras la incisiva campaña puesta en marcha por Asaja el pasado mes de noviembre, la Junta de Andalucía ha dado por fin el paso y modifica el Impuesto de Sucesiones y Donaciones para equiparar a las explotaciones agrarias andaluzas con las del resto de España.

Así, Asaja Huelva celebra la entrada en vigor esta semana del Decreto-Ley de Medidas Urgentes relativas al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, que elimina una de las mayores trabas al relevo generacional en el campo, puesto que con la anterior formulación del impuesto muchos agricultores que heredaban una explotación, en el momento de la sucesión no podían asumir el pago de las cuantías del impuesto de Sucesiones y Donaciones, y dado que no se admitía la dación en pago con parte de las explotación, se veían obligados a renunciar a la herencia y por tanto a la continuidad de la explotación agraria.

Para fomentar el relevo generacional y permitir la continuidad de la actividad agraria y ganadera, Asaja Huelva se unió el pasado mes de noviembre a la iniciativa de Asaja Andalucía para instar a la presidenta de la Junta de Andalucía, y posteriormente a los responsables parlamentarios del PSOE-A, C’s y el PP-A, a modificar la formulación de este impuesto en nuestra comunidad para favorecer la renovación generacional y para lograr que las explotaciones agrícolas andaluzas se sitúen en condiciones similares de competitividad con las del resto de España.

Desde Asaja se demandaba que no se exigiera el requisito de ejercicio habitual, personal y directo, y de principal fuente de renta, en la persona del causante, sino en los cónyuges, descendientes, y colaterales hasta el tercer grado, así como la no exigencia del requisito del principal fuente de renta, o, en todo caso, exigencia sin incluir las ganancias y pérdidas patrimoniales y pudiendo cumplir los requisitos en cualquiera de los tres años anteriores al fallecimiento, o en cualquiera de los cinco años, en el caso de que se produzcan circunstancias excepcionales de daños reiteradamente, por motivos de sequías, heladas, inundaciones u otras causas similares.



El decreto-ley publicado ya en el BOJA atiende, en lo esencial, ambas demandas, lo que facilitará notablemente el relevo generacional en Andalucía, ya que la nueva normativa supone una reducción automática del 99% en herencias o donaciones de explotaciones agrarias y, además, los requisitos para acceder a esta desgravación se flexibilizan, de forma que ya no será necesario que el ejercicio de la actividad agrícola se desarrolle de manera personal y directa por la persona fallecida que deja la herencia, sino también por su cónyuge o descendientes si el titular de la explotación estuviera jubilado o con incapacidad permanente. Y, finalmente, en las herencias y donaciones de explotaciones agrarias también se reduce el periodo de mantenimiento de la actividad para beneficiarse de las deducciones fiscales, desde diez a cinco años.

Asaja Huelva muestra por tanto su satisfacción con este decreto-ley, que evitará el abandono de explotaciones, la pérdida de empleo o un fuerte quebranto económico a quien se inicia en la actividad.

Por todo ello, la organización agradece la receptividad que han mostrado con las demandas planteadas los responsables parlamentarios del PSOE-A, de Ciudadanos y del PP-A, que han comprendido que la fiscalidad andaluza debía equipararse a la del resto de España y han puesto todos de su mano para lograr que este decreto-ley haya entrado en vigor esta semana.


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