Redacción. La Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio va a realizar este año un total de 1.197 inspecciones medioambientales para comprobar si las distintas instalaciones industriales y de depuración cumplen los condicionantes recogidos en las autorizaciones de vertidos, así como los requisitos exigidos por la legislación ambiental. En concreto, este plan sectorial prevé durante 2016 la realización de 733 controles de vertidos a dominio público hidráulico y 464 al litoral.
Las actuaciones, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), se desarrollarán en aquellos núcleos urbanos de más de 250 habitantes equivalentes cuyo vertido esté sujeto al otorgamiento de una autorización o que cuente o no con ella. También se realizará en aquellas actividades e instalaciones cuyos vertidos de naturaleza industrial tengan autorización o que ésta esté en trámite.
A través de este Plan Anual de Inspección, en la provincia de Almería se llevarán a cabo 157 controles de vertidos a dominio público hidráulico y 62 al litoral, en Cádiz 137 y 166, en Granada 73 y 17, en Huelva 130 y 135, en Málaga 137 y 54, y en Sevilla 3 y 30.
Esta actuación contempla inspecciones rutinarias o programadas (comprobar que se cumplen los requisitos medioambientales) y otras de carácter puntual previas al otorgamiento de una autorización o como consecuencia de una denuncia o incidente. La periodicidad con la que se realizan estos controles se establece según el tipo de vertidos: urbanos o industriales. Para el primero de ellos se tendrá en cuenta el número de habitantes equivalentes, el grado de contaminación, las características del medio receptor o de los incumplimientos detectados con anterioridad; mientras que para el segundo la regularidad de los controles dependerá del tipo de industria y del volumen de vertido, así como de la presencia o no de sustancias peligrosas.
Esta iniciativa se desarrolla en el marco de la Ley (9/2010) de Aguas de Andalucía donde se establecen los Planes de Inspecciones en Vertidos, como fórmula idónea para prevenir los posibles impactos ne-gativos y garantizar el cumplimiento de los condicionados ambientales, aplicables a las diferentes actuaciones con incidencia en el medio natural. Según recoge esta norma, la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio es la administración competente encargada de realizar los controles en función de la adecuación de las instala-ciones de tratamiento de los vertidos, los incumplimientos detectados con anterioridad, así como de la población atendida o del volumen que vierte la industria. También se tendrá en cuanta la peligrosidad del vertido industrial, la existencia en núcleos urbanos de un número importante de industrias o de fábricas altamente contaminantes por la toxicidad potencial de sus vertidos o por el volumen de los mismos o por la presencia de espacios naturales protegidos y de especies en peligro.