El sector de la coquina cierra el periodo de veda con luz verde para faenar en las aguas de Mazagón, Matalascañas y Doñana

Abierto al marisqueo de la coquina las zonas de producción de la Barra del Terrón, Mazagón y Matalascañas.
Abierto al marisqueo de la coquina.
La mayoría de la población reconoce el nombre de las recetas marineras típicas, pero no tanto el de los pescados. / Foto: directoalpaladar.com.
Termina la veda de las coquinas. / Foto: directoalpaladar.com.

Redacción. Los mariscadores de la coquina y de la chirla retoman este 1 de julio su actividad en Huelva tras la finalización de la época de veda con luz verde para faenar en las aguas de Mazagón, Matalascañas y el espacio marítimo de Doñana, en el primer caso, y en la totalidad del caladero, en el segundo. El fin de estos periodos de parada que se desarrollan con el objetivo de favorecer el ciclo reproductor de las especies y la consecuente regeneración de los recursos (concluye también para el berberecho y la cañaílla) coincide con la ausencia total de la biotoxina DSP en seis zonas de producción de la costa onubense y también en los ejemplares de chirla de otras tres más.

De este modo, sólo permanece prohibida la captura y comercialización de la coquina (cuya veda se extiende durante los meses de marzo y junio) procedente de enclaves como Isla Canela, la Barra del Terrón, la Desembocadura del Piedras y Punta Umbría. Unos puntos a los que, como ha remarcado la delegada territorial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente, Josefa González Bayo, podrán acceder de nuevo los profesionales con licencia del sector, “sólo ellos”, en cuanto los continuos análisis que realiza el Laboratorio de Control de Calidad de los Recursos Pesqueros de Cartaya constaten la desaparición de la biotoxina DSP en este bivalvo.


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Por su parte, la extracción de la chirla (su parada biológica tiene lugar durante los meses de mayo y junio) es viable, al igual que la de la coquina, en Mazagón, Matalascañas y la zona marítima de Doñana, así como en Isla Canela, la Barra del Terrón y Punta Umbría, estas tres, cerradas para los demás bivalvos a causa de la DSP). Tampoco está permitida la actividad para el resto de especies como consecuencia de la detección de biotoxinas en el río Guadiana y en la Desembocadura del Piedras, donde, por tanto, no se pueden capturar las almejas babosa y japonesa, el berberecho, el busano, la cañaílla, el longueirón ni la navaja-muergo. Lo mismo ocurre, en la totalidad del litoral onubense, con la almeja fina, el ostión y el pirulo, inmersos en estos instantes en sus correspondientes periodos de veda.

Al margen de la coquina y la chirla, es factible también la captura y comercialización de las almejas babosa, chocha y japonesa, el busano, la cañaílla, el berberecho, el longueirón y la navaja-muergo en las aguas de las Marismas del Guadiana-Carreras, el río Carreras, las Marismas del Piedras, Mazagón, Matalascañas y la zona marítima de Doñana. Esta situación, de igual modo, permanecerá inalterable, en palabras de González Bayo, mientras los permanentes análisis del Laboratorio de Control de Calidad de los Recursos Pesqueros de Cartaya no decreten la existencia de riesgos para la salud por la ingesta de estos bivalvos.


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La delegada territorial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente recuerda, en este sentido, que el cierre preventivo de los caladeros cuando se detectan valores superiores a los establecidos legalmente se enmarca dentro del Programa de Control y Seguimiento de las Condiciones Sanitarias en las Zonas de Producción de moluscos bivalvos, gasterópodos y equinodermos del litoral andaluz. La meta no es otra, según continúa, que la protección de la salud pública y garantizar la calidad sanitaria de los productos pesqueros.

En la misma línea, Josefa González Bayo, insiste en que el marisqueo sin licencia está prohibido en cualquier momento y conlleva una sanción de carácter “grave”, calificación que en el caso de que la actividad se desarrolle en una zona de producción cerrada por motivos sanitarios se eleva a “muy grave”. Las sanciones por el incumplimiento de estas prohibiciones pueden oscilar entre los 301 y los 60.000 euros para las personas que capturen moluscos bivalvos sin autorización (sanciones graves) y entre los 60.001 y los 300.000 euros para quienes desarrollen esta actividad en un caladero cerrado por la presencia de toxinas (sanción muy grave).

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