Redacción. La Consejería Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, a través del dispositivo para la prevención y extinción de incendios forestales en Andalucía, el Plan Infoca, pide extremar las precauciones a agricultores y particulares a la hora de realizar quemas agrícolas o forestales, ante el riesgo de que puedan originar incendios. Por ejemplo, en todas aquellas actividades en las que se usa el fuego para la eliminación de residuos procedentes de podas o desbroces. Durante 2014, el número de incendios forestales cuya causa fue agrícola supuso el 17,5% del total de siniestros registrados en Andalucía (793).
Las quemas en terrenos forestales o de influencia forestal (franja de 400 metros en torno a los mismos) sólo pueden realizarse fuera de la época de alto riesgo de incendios (del 1 de junio al 15 de octubre), pero sujetas a la autorización administrativa previa que deberá otorgar la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente correspondiente, que fijará el horario y fecha de la actividad, una vez analizadas las condiciones meteorológicas.
En cuanto a las quemas fuera de las terrenos forestales o de influencia forestal, pero que se lleven a cabo en espacios calificados por la normativa de incendios como zona de peligro, deberán ser comunicadas previamente a la Delegación Territorial de cada provincia, y habrán de finalizar a las 18.00 horas de cualquier día de la semana. Este requisito sólo será necesario en la época de riesgo medio y alto de incendios.
Por último, en el caso de terrenos que no se ubiquen ni en zonas forestales o de influencia forestal, ni estén catalogados como zonas de peligro, no serán necesarias las peticiones de autorizaciones o comunicaciones para efectuar las quemas.