Redacción. La Concejalía de Empleo, Desarrollo Económico y Proyectos del Ayuntamiento de Huelva ha abierto hoy el plazo para recabar durante 15 días hábiles las aportaciones de los ciudadanos y entidades relativas a la nueva Ordenanza Municipal Reguladora del Comercio Ambulante. Un trámite que se lleva a cabo tras la redacción de la misma y sin que se recibiera ninguna opinión o sugerencia en el proceso de consulta pública previo a su elaboración.
Así, hasta el próximo 19 de febrero, las personas interesadas podrán presentar sus aportaciones para mejorar el texto inicial, según ha informado el concejal de Empleo, Desarrollo Económico y Proyecto, Jesús Manuel Bueno. Asimismo, el edil ha señalado que “la nueva Ordenanza tiene como objetivo adaptarse a los cambios que se han producido en la normativa europea y regional en los últimos años”.
Según Bueno, “el texto garantiza la proporcionalidad en el ejercicio de la venta ambulante en la capital, ya que contiene la regulación para atender las necesidades de nuestra ciudad, ofrece garantía jurídica a los vendedores y también les brinda un proceso transparente y muy ágil en la gestión de las licencias”.
La nueva ordenanza fija los tres tipos de modalidades de comercio ambulante que pueden existir en la capital: el del mercadillo de los viernes, el comercio callejero en puestos aislados y desmontables en la capital y el comercio itinerante. Asimismo, se delimitan las actividades que quedan excluidas de esta norma, como la venta ambulante que tiene lugar con motivo de fiestas.
El texto también fija el procedimiento por el que se concederán las autorizaciones para tener un puesto, con una duración de 15 años prorrogables una sola vez, y activa medidas para evitar las transacciones irregulares de estas instalaciones.
La adaptación de la ordenanza contempla además las obligaciones y prohibiciones de los vendedores, las funciones de la Comisión Municipal de Venta Ambulante, así como un régimen sancionador en el que se califica como infracción muy grave el ejercer la venta sin autorización con multas de hasta 18.000 euros. Las infracciones graves contemplan sanciones de entre 1.501 a 3.000 euros y entre ellas está el ejercicio del comercio ambulante por personas distintas a las previstas en la autorización municipal o la venta de productos no autorizados.
El texto inicial de la Ordenanza se puede consultar el portal www.huelva.es