Redacción. Funcionarios de la Comisaría Provincial de Huelva han procedido a la detención de dos vecinos de Huelva que responden a las iniciales F.M.T.G., de 31 años de edad, y J.G.M.G., de 43 años, como presuntos autores de un delito de estafa; así como a un vecino de Cartaya que responde a las iniciales O.Z.B. y de 37 años de edad, como receptador de parte de la mercancía adquirida. Ninguno de los tres detenidos tenía antecedentes policiales.
Esta actuación policial ha permitido recuperar 1.327 pares de zapatos, valorados en casi 20.000 euros, procedentes de una estafa y que estaban puestos a la venta a precio de coste en un céntrico local comercial de Huelva y en una zapatería de Cartaya.
La investigación se inició a raíz de la denuncia interpuesta por una conocida sociedad mercantil de Huelva que fue suplantada por los presuntos estafadores para realizar el pedido.
Los dos primeros detenidos lograron, usurpando el nombre comercial de esta firma de reconocida solvencia de Huelva, que una empresa de Murcia les sirviera un pedido de casi 20.000 euros en género de zapatería. Además, consiguieron que el pedido pasara los controles de fiscalización de la compañía de crédito y caución.
Una vez servido el pedido, pusieron parte de los zapatos a la venta a precio de coste en una céntrica tienda de Huelva que habían alquilado un mes antes, mientras que una parte importante del pedido lo revendieron a un comerciante de Cartaya por un precio insignificante.
Gracias a la rápida actuación de los agentes de la Policía Nacional encargados de investigar este caso, se ha podido intervenir y recuperar 556 pares de zapatos en el local alquilado en una céntrica calle de Huelva y otros 771 en la zapatería de Cartaya, donde ya estaban expuestos para su venta.
Los tres detenidos han prestado declaración en Comisaría y han sido imputados por sendos delitos de estafa y receptación, quedando en libertad con cargos a la espera de su citación en sede judicial.
Con ésta diligente actuación, la Policía Nacional de Huelva ha evitado que se comercializara el producto y la firma proveedora sufriera un grave perjuicio patrimonial de difícil resarcimiento, una vez vendido el género, ante la insolvencia de los compradores.